Aprobada nueva ley contra las reseñas falsas en
internetEl pasado 28 de mayo entró en vigor en España el Real Decreto-ley 24/2021, que modifica tanto la Ley
General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios como la Ley 3/1991,
de 10 de enero, de Competencia Desleal y transpone diversas directivas
de la Unión Europea entre las que se incluye la Directiva (UE) 2019/2161 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de noviembre, en lo que atañe a la
mejora de la aplicación y la modernización de las normas de protección de los
consumidores.
Esta nueva normativa, que tiene que ver con las reseñas falsas, afecta
de pleno a cualquier empresa que tenga reseñas en cualquier repositorio de
internet.
Y es que, esta directica argumenta que «los consumidores confían cada
vez más en las reseñas y aprobaciones de otros consumidores cuando toman
decisiones de compra» y por ello pasa a considerar una práctica «desleal por
engañosa» añadir o encargar a alguien «que incluya reseñas o aprobaciones de
consumidores o usuarios o aprobaciones sociales con el fin de promocionar
bienes o servicios» La ley también penaliza poner en valor valoraciones
añadidas por consumidores «sin tomar medidas razonables y proporcionadas para
comprobar que dichas reseñas pertenecen a tales consumidores y usuarios».
Concretamente, se han realizado las siguientes modificaciones
legislativas:
1.
Modificaciones de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios
Se añaden dos nuevos apartados al artículo 20 Información necesaria en la oferta comercial de bienes y
servicios.
·
En aquellos casos en los que se proporcionen resultados de búsquedas
sobre productos y servicios ofrecidos por empresas o consumidores, se impone la
obligación de facilitar los criterios tenidos en cuenta a la hora
de posicionar los resultados y su relevancia. Dicha información ha
de aparecer, además, de forma específica y accesible en el mismo lugar donde se
ofrecen los resultados (artículo 20.3).
·
El empresario que facilite el acceso
a reseñas sobre productos y servicios deberá informar si garantiza o no que las
reseñas han sido realizadas por consumidores o usuarios que verdaderamente
hayan adquirido el producto. Además, debe dar información de cómo
procesa las reseñas (artículo 20.4).
2.
Modificaciones de la Ley 3/1991, de 10 de enero, de Competencia Desleal
Se modifica el artículo 26 relativo a Prácticas comerciales
encubiertas, para considerar desleal otorgar una clasificación
superior a un bien sin revelar que la misma obedece a publicidad retribuida o a
un pago específico (artículo 26.2).
Se modifica el artículo 27 en relación con prácticas engañosas:
·
Añadir reseñas que se identifiquen
como de consumidores o usuarios reales sin que se hayan tomado las medidas
razonables y proporcionadas para garantizar que realmente pertenecen a
los mismos (artículo 27.7).
·
Añadir o encargar a terceros que
incluyan reseñas o aprobaciones de consumidores falsas, o distorsionarlas, con
el fin de promocionar bienes o servicios (artículo 27.8).
La nueva normativa establece
un régimen sancionador que entre otros introduce como novedad relevante para
concretar la sanción económica aplicable la estimación de la cuantía del
beneficio ilícito obtenido, así como la publicidad de las resoluciones calificadas
como muy graves. Se pretende garantizar, que la comisión de una infracción no
resulte más beneficiosa para la parte infractora que el incumplimiento de las
normas infringidas.
Las infracciones serán sancionadas con
multa comprendida entre los siguientes importes máximos y mínimos:
a) Infracciones
leves: entre 150 y 10.000 euros, pudiéndose sobrepasar esas
cantidades hasta alcanzar entre dos y cuatro veces el beneficio ilícito
obtenido.
b) Infracciones
graves: entre 10.001 y 100.000 euros pudiéndose sobrepasar esas
cantidades hasta alcanzar entre cuatro y seis veces el beneficio ilícito
obtenido.
c) Infracciones
muy graves: ente 100.001 y 1.000.000 euros, pudiéndose sobrepasar
esas cantidades hasta alcanzar entre seis y ocho veces el beneficio ilícito
obtenido.
Con la nueva ley, comprar reseñas falsas para publicar en Google,
Trustpilot u otras plataformas, estará penado al considerarse fraude. Las
reseñas falsas engañan al consumidor durante el proceso de compra y genera una
situación de ventaja, en base a engaño, para las empresas.
Pero además existe una posibilidad jurídica para por fin, poder luchar
contra las reseñas falsas, que por desgracia, sufre cualquier empresa.
Enlace Real Decreto Ley