Adhesión Brasil
El
presidente de la República de Brasil firmó, el pasado 25 de junio de 2019 ante
la OMPI (Organización Mundial de la Propiedad Intelectual), el instrumento de
adhesión al Protocolo de Madrid.
Así el pasado 02 de octubre de 2019, el Protocolo de
Madrid ha entrado en vigor en Brasil y podrá ser designado en las solicitudes
de marca internacional OMPI.
El
mencionado instrumento de adhesión viene acompañado de la declaración
mencionada en el Artículo 5.2)b) y c) del Protocolo de Madrid, según la cual el
plazo de un año para notificar una denegación provisional de protección es
reemplazado por 18 meses, y una denegación provisional resultante de una oposición
puede notificarse después del vencimiento del plazo de 18
meses.
Del
mismo modo se acompaña declaración mencionada en el Artículo 8.7)a) por la cual
Brasil desea recibir una tasa individual cuando sea designada en una solicitud
de marca internacional.
Por
último, Brasil ha acompañado en su declaración la mención del artículo 14.5)
del Protocolo, por lo que cualquier registro de marca internacional realizado
antes de la fecha de entrada en vigor, no puede ser objeto
de extensión respecto a Brasil.
Adhesión Malasia
El
gobierno de Malasia ha depositado, el pasado 27 de septiembre de 2019 ante la OMPI
(Organización Mundial de la Propiedad Intelectual), el instrumento de adhesión
al Protocolo de Madrid.
El Sistema de Madrid entrará en vigor en Malasia,
90 días después de haberse depositado el instrumento de adhesión, es decir, el 27 de noviembre de 2019, y podrá ser designada en las solicitudes de marca
internacional OMPI.
El
referido instrumento de adhesión viene acompañado de la declaración mencionada
en el Artículo 5.2) b) y c) del Protocolo de Madrid, según la cual el plazo de
un año para notificar una denegación provisional de protección es reemplazado
por 18 meses, y una denegación provisional resultante de una oposición puede
notificarse después del vencimiento del plazo de 18 meses.
Al
igual que en el caso de Brasil, se acompaña declaración mencionada en el
Artículo 8.7)a) por la cual Canadá desea recibir una tasa individual cuando sea
designada en una solicitud de marca internacional y Artículo 7.2) que implica
la necesidad de aportar una declaración de intención de uso.
Con
la adhesión de Brasil y Malasia, el número de partes contratantes de este
Protocolo es de 106, dando cobertura a 122 países.