El pasado 20 de Mayo, en Ginebra, en
el seno de Conferencia Diplomática, ha sido adoptada el Acta de Ginebra del
Arreglo de Lisboa relativo a las Denominaciones de Origen e Indicaciones
Geográficas.
Este Acta introduce las IGs en su
alcance de aplicación y proporciona un marco jurídico adecuado de protección tanto
para las IGs como para las denominaciones de origen, pudiendo así luchar contra
la apropiación indebida de las IGs.
Esta reforma fue lanzada por la OMPI
en 2008 y desde entonces el Grupo de Trabajo sobre el Desarrollo del Sistema de
Lisboa ha trabajado en el texto que finalmente se ha presentado como base para la
negociación en la conferencia diplomática.
Entre las principales
novedades podemos destacar la posibilidad de adhesión a este Acta de
organizaciones intergubernamentales. Otra novedad es la posibilidad de registro
internacional tanto de denominaciones de origen como de indicaciones
geográficas ya que hasta ahora el Arreglo de Lisboa únicamente permitía hacerlo a las
denominaciones de origen. Otras
modificaciones tienen que ver con las disposiciones sobre tasas, el alcance de
la protección, la protección destinada a evitar la adquisición de carácter
genérico y las salvaguardias respecto de derechos de marca anteriores.
El
Acta de Ginebra del Arreglo de Lisboa entrará en vigor tres meses después de
que cinco partes que reúnan las condiciones estipuladas hayan depositado sus
instrumentos de ratificación o adhesión.