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lunes, 4 de abril de 2016

Derecho al olvido: Procedimiento de tutela de derechos. Google Spain, S.L.

La Sala Tercera de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo estima el recuso de Google Spain, S.L. contra reclamaciones de “Derecho al Olvido” por no gestionar el motor de búsqueda. 

El Tribunal señala que el responsable del tratamiento de datos es Google Inc. 

El 13 de Diciembre de 2011 la Agencia Española de Protección de Datos estimo la reclamación efectuada por un particular contra Google Spain instándola, como representante en España de Google Inc, para que excluyera los datos personales de los motores de búsqueda en donde se recuperaba información de este particular.

Interpuesto recurso contencioso administrativo por Google Spain se dicto sentencia por la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional de fecha 29 de Diciembre de 2014, desestimando el recurso y confirmando la resolución impugnada.


Ahora el Tribunal Supremo revoca la anterior sentencia dando la razón a Google Spain, S.L. determinado que esta entidad no es responsable del tratamiento de datos.

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