La AEPD publica el listado de tratamientos en los que no es
necesario realizar una evaluación de impacto
Ha
sido publicado por la AEPD (Agencia Española de Protección de Datos)
el listado de tratamientos de datos personales en los que no es obligatoria la
realización de una evaluación de impacto.
Esta
publicación tiene como objetivo facilitar a los responsables la identificación
de este tipo de tratamientos y definir en qué
supuestos no será necesario realizar una EIPD, conforme al artículo 35.5:
“…La autoridad
de control podrá asimismo establecer y publicar la lista de los tipos de
tratamiento que no requieren evaluaciones de impacto relativas a la protección
de datos. La autoridad de control comunicará esas listas al Comité…”
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