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viernes, 8 de enero de 2016

Marca Comunitaria Reforma legislativa. Aprobación de nuevo reglamento

El pasado 24 de Diciembre de 2015 ha sido aprobado en nuevo Reglamento (UE) 2015/2424 del Parlamento Europeo y del Consejo de16 de Diciembre de 2015, produciendo los siguientes cambios en la legislación sobre la marca comunitaria:

-Se modifica el Reglamento (CE) no 207/2009 del Consejo sobre la marca comunitaria.
-Se modifica  el Reglamento (CE) no 2868/95 de la Comisión, por el que se establecen normas de ejecución del Reglamento (CE) no 40/94 del Consejo sobre la marca comunitaria
-Se deroga el Reglamento (CE) no 2869/95 de la Comisión, relativo a las tasas que se han de abonar a la Oficina de Armonización del Mercado Interior (marcas, diseños y modelos).

Su entrada en vigor está prevista para el próximo 23 de Marzo de 2016.

Una de las modificaciones que más ha llamado la atención ha sido la referente a los términos con los que hasta la fecha conocíamos tanto a la Oficina como a la marca en ella obtenida. Así se sustituyen los términos:

-Marca comunitaria por “Marca de la Unión Europea
-Oficina de Armonización del Mercado Interior (OAMI) por Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO)

Entre las principales novedades destacamos:

  • -Supresión del requisito de representación gráfica, simplificando así el registro de marcas sonoras y dando entrada a la inscripción de marcas no convencionales. 
  • -Modificación de los considerandos y la protección otorgada a las marcas renombradas extendiéndolos de igual modo a las legislaciones nacionales. 
  • -Se introduce el derecho a prohibir los actos preparativos en relación con el uso de embalajes u otros soportes. 
  • --Se crea un centro de mediación para resolver las controversias de forma amistosa. Las partes podrán recurrir al centro mediante petición conjunta. 
  • -Desaparece la tasa multiclase en solicitud y renovación pasando a solo una clase con posibilidad de designar clases adicionales. 
  • -Se crea las marcas de certificación, que  será una marca que permitirá identificar productos o servicios, con relación a los cuales el titular de la marca certificará -con excepción de la procedencia geográfica- unas determinadas características. 
  • -Nuevos cómputos en los plazos para probar el uso de las marcas que pasan de tomar como referencia la fecha de publicación a la fecha de solicitud

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