El
nuevo
Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, viene a regular y componer el nuevo marco
europeo en materia de protección de
datos.
Si bien es cierto que fue aprobado
el 27 de Abril de 2016 y entró en vigor
el 25 de Mayo de 2016 no será aplicable hasta el 25 de Mayo de 2018
hecho este que supone un largo periodo de vacatio legis.
Entre otras consecuencias, implica
que ningún estado miembro de la UE no podrá adoptar ninguna medida contraria a
la efectividad de dicha norma. También el propio Reglamento de Protección de
Datos efectúa numerosas remisiones a la normativa local de cada país, en
nuestro caso la LOPD.
En esta línea el gobierno ha
anunciado que en los primeros meses del año 2017 se presentará el proyecto de
Ley de adaptación de la LOPD al Reglamento europeo.
Recordamos que con este nuevo
Reglamente los ciudadanos obtienen un mejor control de sus datos personales y
las empresas podrán aprovechar al máximo las oportunidades de un mercado único
digital, reduciendo la burocracia y beneficiándose de una mayor confianza de
los consumidores.
A continuación destacamos los puntos
más importantes a tener en cuenta:
·
Será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable a cada
Estado Miembro.
·
Se debe garantizar la “portabilidad”, o el derecho a trasladar los datos a
otro proveedor de servicios.
· Se ha reforzado la importancia del consentimiento del interesado y se han
establecido nuevos derechos para los titulares de los datos como por ejemplo,
la transparencia y se plasma el archiconocido Derecho al Olvido en Internet.
·
Introducción de contar con la figura del Delegado de Protección de Datos.
· Cualquier violación de seguridad que afecte a los datos de carácter
personal se deberá informar tanto a la Autoridad Competente, a priori, a la
Agencia Española de Protección de Datos como a los usuarios afectados.
·
Se debe realizar una evaluación de impacto relativa a la protección de
datos.
· La empresa debe designar un delegado de protección de datos para que vele
por el cumplimiento de la normativa e interactúe con la Agencia Española de
Protección de Datos.
·
Otra de las principales
modificaciones es el cambio del régimen sancionador en caso de incumplimiento,
ya que ahora se prevean multas de hasta el 4% de la facturación global de las
empresas en caso de infracción.
Como el cumplimiento de la
protección de datos no es algo puntual, leggroup queda a su disposición para asesorarles e
informarles sobre estos cambios incluso para verificar el estado de la empresa
frente a las nuevas exigencias normativas.
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