La
Ley de Propiedad Industrial Mexicana ha sufrido importantes cambios que afectan
a los intereses marcarios de los titulares de marca en México.
El
Congreso mexicano con la modificación de esta Ley reconoce, a
partir del pasado 30 de agosto, la figura jurídica de la oposición a
solicitud de nuevas marcas.
Hasta
ahora este procedimiento no era posible, lo que suponía un gran quebradero de
cabeza para aquellos titulares de derechos anteriores que, ante nuevas
solicitudes de marca, solo podían presentar escritos de observación.
El
proceso de oposición se llevará a cabo a través de los siguientes pasos:
- i. La publicación de las solicitudes se efectuara en la Gaceta del Instituto dentro de los 10 días hábiles a partir de la fecha de presentación.
- ii. La presentación de la oposición podrá ser presentada por cualquier persona en el plazo de un mes desde la fecha de publicación de la solicitud.
- iii. El IMPI publicara las de solicitudes de marcas que hayan recibido oposición dentro de los siguientes 10 días
- iv. Los solicitantes dispondrá de un mes para presentar respuesta a la oposición.
Lamentablemente
estos escritos de oposición no serán considerados como vinculantes por parte de
los examinadores dejando a su criterio si tienen en cuenta la información o no.
Entendemos asi que tendrá un tratamiento únicamente informativo. el IMPI no estará
obligado a pronunciarse sobre la oposición ni emitirá resolución al respecto
Las
oposiciones presentadas no supondrán una paralización/suspensión del
procedimiento de solicitud
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